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Personero Auxiliar

MATRIZ RIESGOS DE SEGURIDAD DIGITAL-2024
MATRIZ DE RIESGOS DE GESTION PERSONERIA 2024
MATRIZ DE RIESGOS CORRUPCION PERSONERIA 2024
PLAN ACCION PERSONERA AUXILIAR 2023
PERSONERO AUXILIAR

La Personería Auxiliar debe garantizar el funcionamiento de las operaciones misionales y de apoyo, ejercer control directo sobre el cumplimiento de funciones de las Personeria Delegadas, para el logro eficiente y eficaz de la misión institucional.

  1. Reemplazar al Personero Distrital en los casos de falta temporal o impedimento.
  1. Adelantar las actuaciones, investigaciones y trabajos especiales que le encomiende el Personero Distrital y rendir los correspondientes informes.
  1. Asesorar al Personero Distrital en la elaboración de informes que deba rendir a las diferentes autoridades.
  1. Representar al Personero Distrital en las actividades oficiales que éste le señale.
  1. Dirigir, coordinar y controlar la actualización de los reglamentos internos de la Personería.
  1. Llevar un registro de las decisiones de las Personerías Delegadas y procurar la unificación de criterios en las actuaciones de éstas.
  1. Bajo la dirección del Personero Distrital, coordinar la marcha interna de la entidad.
  1. Implementar la correcta administración del personal de conformidad con la Constitución Política y la Ley.
  1. Concertar y cumplir los acuerdos de Gestión con el superior inmediato y con el personal a su cargo.
  1. Cumplir y hacer cumplir las normas internas de la Personería Distrital.
  1. Administrar los bienes muebles e inmuebles de la Personería Distrital garantizando su correcta utilización y conservación.
  1. Concertar y cumplir los acuerdos de Gestión con el superior inmediato.
  1. Cumplir y hacer cumplir las normas internas de la Personería.
  1. Administrar los bienes muebles e inmuebles garantizando su correcta utilización y conservación.
  1. Garantizar el adecuado manejo y conservación de los bienes muebles e inmuebles de la Entidad.
  1. Elaborar y presentar, al jefe inmediato, informes de gestión sobre los procesos a su cargo.
  1. Velar por la excelencia en la prestación de los servicios a los usuarios internos y externos de la Personería.
  1. Garantizar el correcto manejo del archivo de los documentos físicos y electrónicos de la Personería.
  1. Asegurar la gestión y control de los procesos de manejo y conservación de la correspondencia de la Personería.
  1. Recopilar el material necesario para consolidar el informe de gestión que el Personero debe presentar ante el Concejo.
  1. Actuar por delegación, como ordenador del gasto, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley.
  1. Garantizar la aplicación y el análisis de los indicadores de gestión diseñados para los procesos de la dependencia a su cargo.
  1. Proponer modificaciones y actualizaciones de normas y procedimientos, a las diferentes dependencias.
  1. Orientar, coordinar y controlar la elaboración de los planes y programas contables y presupuestales de la Personería.
  1. Dirigir la elaboración del ante-proyecto de presupuesto para cada vigencia y efectuar la consolidación del mismo para su presentación ante las instancias requeridas.
  1. Liderar el proceso de evaluación del desempeño del personal, dentro del marco establecido en la Ley de carrera administrativa.
  1. Garantizar la inducción, reinducción y entrenamiento específicos en el puesto de trabajo, del personal que ingresa a la Personería.
  1. Seleccionar el personal necesario para la correcta marcha de la entidad, de acuerdo con el manual de funciones y competencias laborales y la Ley.
  1. Participar en el diseño de los planes de Capacitación, Bienestar Social e Incentivos para los funcionarios de la Personería y asegurar su adecuada ejecución y administración.
  1. Participar en el proceso de auditorías internas determinado por el Sistema de Gestión de la Calidad a que obliguen las Normas legales vigentes.
  1. Proyectar oportunamente la respuesta a los derechos de petición efectuados al Personero.
  1. Asistir a los eventos y reuniones que sea convocado o que le sean asignados en cumplimiento de sus funciones.
 Desempeñar las demás funciones asignadas por las normas legales y el Personero Distrital de acuerdo con el nivel, naturaleza y área de desempeño de su cargo.

Acerca de la Personeria Distrital

La Personería Distrital de Buenaventura, es un órgano de control de orden municipal, organismo del Ministerio Público, regido por la Constitución Política de 1991, la ley 136 de 1994, la ley 617 de 2000 y en cumplimiento de su misión Constitucional, debe velar por la guarda y promoción los derechos humanos, proteger el interés público y vigilar la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas en el Distrito de Buenaventura.

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Personería Distrital de Buenaventura

Oficinas
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Notificaciones Judiciales
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