PRESENTACION
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 1567 de 1998, el Plan de Formación y Capacitaciones, tiene por objeto formular la política en la materia, señalar las prioridades que deberán atender las entidades públicas y establecer los mecanismos de coordinación, de cooperación, de asesoría, de seguimiento y de control necesarios.
Estos Planes deberán elaborarse con una periodicidad mínima de un año y deberán tener coherencia con los parámetros impartidos por el Gobierno Nacional, con los principios establecidos en la normatividad sobre la materia y con la planeación institucional. Estos planes estarán financiados con los recursos que se dispongan en el Presupuesto para tal fin .